Cesión de espacios a entidades

La utilización de los espacios y bienes del Ateneu Municipal está regulada por la Ordenanza Fiscal número 34 del Ajuntament de Rubí. Esta ordenanza prevé en su anexo algunas exenciones fiscales para entidades sin finalidad  lucrativa inscritas en el Registre d'Entitats Ciutadanes (REC)


Cesión de espacios del Ateneu Municipal para entidades y asociaciones para actividades de carácter interno

El Ateneu dota al tejido asociativo de un espacio idóneo para la realización de actividades propias de la labor asociativa a nivel interno, como reuniones de trabajo, asambleas generales de socios o encuentros diversos.

  • Para este tipo de actividad se deberá solicitar la cesión del espacio contactando directamente con el equipamiento, que dispondrá su cesión de acuerdo a criterios de agenda y de necesidades técnicas del equipamiento en el horario requerido.

Cesión de espacios del Ateneu Municipal para entidades y asociaciones para actividades de carácter público

La solicitud de cesión de espacios del Ateneu Municipal para la realización de actividades de carácter público, abiertas al conjunto de la ciudadanía, se deberán realizar mediante la presenación de la correspondiente instancia en el Registre General del Ajuntament, con un plazo mínimo de antelación de 15 días hábiles con respecto a la fecha de la actividad.

  • Antes de presentar la instancia, se recomienda contactar con el equipo del Ateneu para consultar la disponibilidad del espacio en la fecha requerida, de acuerdo con la agenda y la programación regular del equipamiento. Esta consulta será únicamente de carácter informativo y no comportará en ningún caso la autorización de la cesión del espacio. La autorización de la cesión del espacio solicitado se resolverá necesariamente una vez presentada la instancia correspondiente.